Al ser trabajador de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), ya sea académico o administrativo de base se tiene derecho a algunas prestaciones, como becas, la compra de anteojos o aparatos ortopédicos, gratificación por jubilación o ayuda para guardería.
El pago de marcha es uno de estos y se trata de una indemnización que reciben los deudos o beneficiarios de un trabajador que ha fallecido.
Los contratos colectivos de trabajo vigentes son los que cuentan con las especificaciones de cuáles son los montos que comprende y cómo realizar el trámite.
Pago de marcha a personal académico
Los trabajadores académicos deben estar adscritos a la Asociación Autónoma de Personal Académico de la UNAM (AAPAUNAM) y dependiendo del tiempo trabajado, es el monto que se entrega:
- Para personas con antigüedad de hasta 10 años, 11 meses de salario íntegro.
- De 10 a 20 años de antigüedad, 12 meses de salario íntegro.
- De 20 años en adelante, 14 meses de sueldo íntegro.
- 1,000 pesos adicionales si se trata de personal académico de tiempo completo.
- 500 pesos adicionales para el personal de medio tiempo.
- Para el personal contratado por horas, se agregará una parte proporcional.
- La propia persona es quien debe designar a su beneficiario, se hace por escrito ante la UNAM.
- Si no se designó ningún beneficiario, la AAPAUNAM podrá acreditar a algún familiar directo, como deudo.
- El pago se hace de forma inmediata, y los deudos pueden recibir un adelanto por 15,000 pesos para el personal de tiempo completo, o la parte proporcional para los de medio tiempo o contratado por horas. Este monto debe destinarse a los gastos del funeral y se descontarán del total que debe ser entregado.
Trámite para el personal administrativo
Para el personal administrativo de base, las consideraciones que deben tenerse en cuenta son muy similares:
- Estar afiliado al Sindicato de Trabajadores de la UNAM (STUNAM).
- Si el trabajador tenía hasta 10 años de servicio, se otorgarán igualmente 11 meses de salario íntegro.
- De 10 a 20 años de servicio, se otorgarán 12 meses de sueldo.
- 14 meses de salario a quienes hubieran tenido más de 20 años de antigüedad.
- La UNAM cubrirá los gastos por el sepelio, ya sea que se realice en el ISSSTE o en otro lado. El monto se deducirá del total entregado al beneficiario.
- Si no hay un beneficiario designado, el Sindicato también puede acreditar la calidad de un deudo.
¿Cómo hacer el trámite?
Los requisitos para realizar todo el proceso son:
- Presentar en original y copia el oficio que expide el STUNAM o la AAPAUNAM.
- Si los deudos no son acreditados por estos, deberán hacer el trámite ante la Junta Especial número 14 bis, en Conciliación y Arbitraje.
- Copia certificada del Acta de Matrimonio o información testimonial emitida por un juzgado civil, en caso de concubinato. Debe tener fecha posterior al fallecimiento del trabajador.
- Copia certificada del acta de nacimiento de los hijos, si estos son los beneficiarios. Si se trata de menores de edad o personas incapacitadas física o mentalmente, deberá presentarse su tutor.
- Copia de identificación oficial del beneficiario.
- Toda la documentación se presenta en la Dirección General de Personal; la resolución se emite en 20 días.
Ahora ya conoces el proceso para obtener el pago de marcha de un trabajador académico o administrativo de la UNAM. Acércate a tu oficina del STUNAM o AAPAUNAM para designar un beneficiario y que el trámite sea mucho más eficiente.
Fuentes:
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2020-2022
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2021-2023